Sentencia N° 893 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de noviembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0893, Exp. 23-0856, 20/11/2024
Expediente23-0856
PonenteTania D’Amelio Cardiet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados de Andrés Elohim Díaz Moreno, contra la decisión de la Sala Accidental n.° 010-2023 de la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira. La Corte de Apelaciones había anulado una decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia, argumentando que no existió vulneración del derecho a la defensa y del debido proceso. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que la decisión de la Corte de Apelaciones era errónea y que se habían violado derechos fundamentales del accionante.

Extracto de la motiva

motivación para la decisión expresa lo siguiente” (Mayúsculas del escrito). Que “…un criterio bastante cuestionable y errado, toma la Alzada del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira en un proceso de analogía jurisprudencial de criterios de la Sala Constitucional con la sentencia 1085 del 08 de julio del 2008 y tal cual como refiere transcribe parcialmente parte de la misma; PERO OMITE POR COMPLETO LA RESOLUCIÓN QUE POR INTERPRETACIÓN HACE LA SALA” (Mayúsculas y negritas del texto). Que “…los honorables miembros de la Corte de Apelaciones no tan solo omiten la resolución de la jurisprudencia con la que pretenden argumentar su decisión sino que yerran por completo alejándose del criterio contenido en la misma; que en orden constitucional y procesal en el caso planteado en la misma REPONE LA CAUSA AL ESTADO EN QUE EFECTIVAMENTE SE PRACTIQUE LA NOTIFICACIÓN

Dispositiva

Se ANULA la decisión dictada en fecha 6 de junio de 2023, por la Sala Accidental n.° 010-2023 de la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira. Se ORDENA la remisión de la causa al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira, para que notifique a las partes del auto fundado del 22 de febrero de 2022.

Palabras clave

tutela judicialderecho a la defensadebido procesoapelaciónjurisprudenciaCorte de Apelacionesnormas constitucionales

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