Sentencia N° 893 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de octubre de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 893, Exp. 16-0940, 25/10/2016
Expediente16-0940
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2016-10-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara competente para conocer la acción de nulidad interpuesta por Rafael Darío Ramírez Carreño contra los actos de la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional. Se admite la solicitud de nulidad y se ordena la suspensión de los efectos de la investigación relacionada con supuestas irregularidades en la empresa Petróleos de Venezuela, S.A. durante el periodo 2004-2014. La Sala fundamenta su decisión en la falta de competencia de la Asamblea Nacional para investigar hechos pasados y en la inexistencia de tipificación de conducta contraria a la ley en las actuaciones objeto de investigación.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la demanda de nulidad, establece que la investigación realizada por la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional carece de fundamento legal y excede sus competencias. Se argumenta que la investigación se basa en actos parlamentarios sin forma de ley y que no corresponde a la Asamblea Nacional investigar hechos pasados que no pueden dar lugar a un juicio político. Además, se destaca que la gestión de PDVSA durante el periodo en cuestión fue aprobada por el Poder Legislativo, lo que refuerza la falta de base para las imputaciones realizadas. La Sala concluye que la actuación de la Comisión de Contraloría es inconstitucional e ilegal, lo que justifica la nulidad de los actos impugnados.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer de la presente acción de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por la abogada Petrica López Ortega, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARREÑO, contra los actos realizados en el marco de la investigación aprobada por la plenaria de la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional, el 17 de febrero de 2016, que se reflejan en las comunicaciones suscritas los días 5 y 21 de abril de 2016 por el Presidente de la referida Comisión, con ocasión de supuestas irregularidades ocurridas en la empresa Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (PDVSA), durante el periodo comprendido entre los años 2004-2014. 2.- ADMITE la referida solicitud de nulidad interpuesta. 3.- ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala, a los fines de continuar con la tramitación del recurso. 4.- ORDENA citar al Presidente de la Asamblea Nacional. 5.- ORDENA notificar al Procurador General de la República, a la Fiscal General de la República y al Defensor del Pueblo de la presente decisión. 6.- ORDENA el emplazamiento de los interesados mediante cartel. 7.- PROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada; en consecuencia, se suspenden los efectos de la investigación iniciada e impulsada desde principios del presente año por la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional con relación a supuestas irregularidades ocurridas en la empresa Petróleos de Venezuela, S.A. durante el período comprendido entre los años 2004-2014.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadComisión Permanente de ContraloríaPDVSAderecho a la defensa