Sentencia N° 891 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de junio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 891, Exp. 11-0596, 08/06/2011
Expediente11-0596
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-06-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Heimold Suárez Crespo en representación de Gustavo Maldonado Hernández, contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo. La decisión se basa en que la acción no fue ratificada dentro del plazo establecido tras ser presentada por correo electrónico. La Sala reafirma su competencia para conocer de este tipo de acciones y destaca la importancia de cumplir con los requisitos formales establecidos por la ley.

Extracto de la motiva

Ahora bien, visto que no consta en autos que la acción de amparo a que se ha hecho referencia y que fuere interpuesta por vía de internet haya sido ratificada en la forma prevista en la norma supra transcrita, ni tempestivamente ni fuera del lapso prescrito al efecto, la precitada solicitud debe declararse inadmisible (…). Dicho criterio fue ratificado en las decisiones nros.: 544 del 04 de junio de 2010 y 847 del 11 de agosto de 2010. Siendo ello así, y considerando que desde el 26 de abril de 2011, oportunidad en la que se dio por recibido la acción de amparo constitucional vía correo electrónico, la misma no fue ratificada en el lapso de tres (3) días previsto para ello, esta Sala, en concordancia con el criterio transcrito, y conforme a lo dispuesto en el citado artículo 16 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se declara inadmisible la presente acción de amparo constitucional. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Heimold Suárez Crespo, indicando que actúa en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GUSTAVO MALDONADO HERNÁNDEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, el 08 de diciembre de 2010. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalinadmisibilidadprocedimientojurisprudenciaderechosgarantías

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