Sentencia N° 889 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de noviembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 889, Exp. 17-0342, 03/11/2017
Expediente17-0342
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-11-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Antonio Lilo Vidal y Eliézer Hernández Polanco en representación de Humberto Ferreira Vílchez. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de representación adecuada, ya que el poder otorgado a los abogados era únicamente para el juicio principal y no para el procedimiento de amparo. La Sala establece que la acción de amparo fue incoada sin la debida legitimación, lo que contraviene lo dispuesto en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
motivada e infundada pero que en todo caso afectó la seguridad jurídica del acto procesal que fue objeto de impugnación en beneficio del demandado que no ejercicio (sic) oportunamente los recursos que la ley puso a su disposición, y que ha demostrado en todo [el] curso de la causa su actuación contraria a los principios y valores que orientan la justicia y el proceso como son los de establecer la verdad en cuanto a los hechos y el proceso como instrumento de la justicia (…)”. Que “(…) [c]on fundamento a (sic) las anteriores consideraciones de hecho y de derecho, [esa] representación judicial considera pertinente solicitar la NULIDAD de la sentencia del juzgado (sic) Superior Civil del Estado Falcón de fecha 3 de noviembre de 2016, por la cual se revocó la decisión de fecha 27 de junio de 2016 y el efecto del auto de fecha 6 de junio de 2016, por el cual se declaró tempestivo (sic) la oposición formulada por el ciudadano MITCHELL FERRERIRA (sic) (…)” (destacado del texto). II DE LA SENTENCIA ACCIONADA
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Antonio Lilo Vidal y Eliézer Hernández Polanco, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HUMBERTO FERREIRA VÍLCHEZ, contra la sentencia dictada el 3 de noviembre de 2016 por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro.
Palabras clave
medidas cautelaresnulidadprohibición de enajenaracción de nulidadderecho de propiedadsociedadesjusticiaproceso