Sentencia N° 887 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de mayo de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 887, Exp. 07-0355, 11/05/2007
Expediente07-0355
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-05-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de mayo de 2007, aborda el caso del ciudadano David Faustino Soares Brito contra la sociedad mercantil Centro Médico de Caracas, C.A. La Sala determina que la apertura de un nuevo expediente con copias certificadas remitidas por el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia constituye un error material, ya que las copias fueron solicitadas en un expediente anterior para resolver una apelación de amparo. Finalmente, se ordena el archivo de las actuaciones presentadas.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la apertura del nuevo expediente - distinguido con el N° 2007-0355- con las copias certificadas remitidas por el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas constituye un error material, ya que dichas reproducciones fueron solicitadas en el expediente 2005-0752, para resolver la apelación del amparo que intentó la representación del Ministerio Público contra el fallo dictado el 22 de marzo de 2005 por el Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, observa la Sala que riela al folio 205 de la causa 2007-0355 - expediente abierto con copias certificadas- la sentencia N° 2333 dictada el 14 de diciembre de 2006 en el expediente 2005-0752, que declaró sin lugar la apelación ejercida por el Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra la sentencia dictada el 22 de marzo de 2005, por el Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada, por el abogado Armando Benshimol Jaimes, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CENTRO MÉDICO CARACAS, C.A., contra el fallo dictado el 23 de marzo de 2004 por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que a su vez declaró con lugar la demanda que por diferencia de prestaciones sociales sigue el ciudadano David Faustino Soares Brito contra la quejosa; ordenando entre otras cosas la remisión del expediente a su Tribunal de origen.

Dispositiva

Con base en lo anterior, esta Sala ORDENA el archivo de las presentes actuaciones. Así se decide. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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