Sentencia N° 887 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de abril de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 887, Exp. 02-2517, 24/04/2003
Expediente02-2517
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-04-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el General de Brigada (Ej) Efraín Vásquez Velasco contra el Presidente de la República y otros altos funcionarios, por presuntas violaciones a su inviolabilidad del domicilio y debido proceso. La Sala argumenta que las actuaciones de los funcionarios no constituyen una amenaza inmediata, posible o realizable contra los derechos del accionante, ya que la competencia para ordenar un allanamiento corresponde exclusivamente a los órganos jurisdiccionales.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia, que en el presente caso el Presidente de la República y los Ministros de la Defensa y de Interior y Justicia, no tienen atribuida la competencia para ordenar el allanamiento de un hogar doméstico, domicilio o recinto privado de persona, ya que dicha competencia corresponde única y exclusivamente a los órganos jurisdiccionales. En consecuencia, la presunta amenaza contra los derechos constitucionales, alegada por el accionante, no es inmediata, mucho menos posible y realizable por los altos funcionarios señalados como agraviantes. De allí, que a criterio de la Sala, en el presente caso opera la previsión contenida en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que contempla la inadmisibilidad del amparo, cuando la amenaza contra el derecho o las garantías constitucionales, no sea inmediata, posible y realizable por el imputado. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano General de Brigada (Ej) Efraín Vásquez Velasco, asistido por los abogados René Buróz Arismendi, Carlos Martínez Ceruzzi, Doris Mary Vega Villalobos, Silvana A. Gómez Mercado y Rosa Virginia Cabrera Carpio. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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