Sentencia N° 885 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0885, Exp. 18-0683, 13/12/2018
Expediente18-0683
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-12-13
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia N° 000413, dictada por la Sala de Casación Civil, que declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por Melinda Isabel Wallis Gómez. La Sala concluyó que no existían infracciones grotescas de interpretación de normas constitucionales y que la decisión de la Sala de Casación Civil se ajustó a la normativa vigente, al considerar que el testamento en cuestión no cumplía con las formalidades exigidas por el Código Civil. Por lo tanto, se declaró improcedente la revisión solicitada.
Extracto de la motiva
La Sala observa que los hechos sobre los cuales se fundamenta la presente solicitud, no dan prueba de que se hayan quebrantado principios o reglas que mantengan la uniformidad de nuestro ordenamiento jurídico o el desconocimiento de criterios vinculantes emanados de esta Máxima Instancia Constitucional, es por ello, que de una lectura del escrito de revisión, puede evidenciarse que existe es una inconformidad con la decisión, pues los alegatos realizados fueron estimados, tal como pudo constatar esta Sala, tampoco se advierten hechos violatorios que deriven directamente del fallo recurrido, con lo cual busca que se analice nuevamente lo ya decidido, pretendiendo una instancia adicional sobre el mérito del asunto debatido.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional que interpuso, el abogado Manuel Gustavo Hernández, debidamente certificado, en su carácter de apoderado especial de la ciudadana MELINDA ISABEL WALLIS GÓMEZ, titular de la cédula de identidad n.° V-5.536.949, de la sentencia n.° 000413, dictada el 10 de agosto de 2018, por la Sala de Casación Civil de este máximo Tribunal.
Palabras clave
revisión constitucionalnulidad de testamentoSala ConstitucionalTribunal Supremo de Justicia