Sentencia N° 883 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de julio de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 883, Exp. 09-0484, 03/07/2009
Expediente09-0484
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-07-03
DecisiónINCOMPETENCIA
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Elías Esteban Silva Hernández, Annalig Carolina Gavidia Acuña y Eliazer Esteban Silva Lecuna contra el Banco Occidental de Descuento. La demanda se fundamentó en la violación de derechos a la defensa y a la propiedad, debido al bloqueo de cuentas y débito de montos sin orden judicial. La Sala, tras analizar la competencia, determinó que el caso debía ser conocido por un Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declarándose incompetente para conocer de la demanda.
Extracto de la motiva
La Sala estima que, para el juzgamiento de la demanda de amparo que interpusieron los ciudadanos Elías Esteban Silva Hernández, Annalig Carolina Gavidia Acuña y Eliazer Esteban Silva Lecuna contra el Banco Occidental de Descuento, Banco Universal, el competente es un Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito, pues, por tratarse de una controversia de naturaleza mercantil, en lo que respecta a la entidad bancaria, según, los artículos 2, cardinal 14, y 109 del Código de Comercio, razón por la que las partes quedan sometidas a la competencia de los tribunales mercantiles. En cuanto a la competencia por el territorio, la Sala observa que, en este caso, los hechos que se denunciaron como lesivos deben tenerse como ocurridos en Maracay, por cuanto fue ese el lugar donde el quejoso fue informado por el encargado de la Seguridad de la Región Aragua del B.O.D. del bloqueo de las cuentas y el débito del dinero.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, pronuncia su INCOMPETENCIA para el conocimiento de la demanda de amparo que intentaron los ciudadanos ELÍAS ESTEBAN SILVA HERNÁNDEZ, ANNALIG CAROLINA GAVIDIA ACUÑA y ELIAZER ESTEBAN SILVA LECUNA contra el Banco Occidental de Descuento, Banco Universal y declara COMPETENTE a un Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua al que deberán remitirse los autos inmediatamente.
Palabras clave
amparo constitucionalbloqueo de cuentasderechos a la defensaderecho a la propiedadBanco Occidental de DescuentoCódigo de Comerciocompetencia judicial