Sentencia N° 883 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de mayo de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 883, Exp. 06-0028, 05/05/2006
Expediente06-0028
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-05-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el abogado Nelson José Marín Lara en representación de la ciudadana Blanca Flor Guardia Díaz. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de presentación del poder que acredite la representación del abogado, lo cual es un requisito indispensable según la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La Sala argumenta que no se puede presumir la representación del abogado sin la documentación correspondiente.

Extracto de la motiva

En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala debe declarar inadmisible la solicitud de revisión constitucional intentada por los abogados Iván José Ibarra Rodríguez y Sonia Zaragoza de Guatarasma, contra la sentencia dictada el 24 de noviembre de 2004 por la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal, mediante la cual radicó el juicio seguido a la ciudadana Maddalena Maniscalco de Morreale, en el Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Así se decide” (s. S.C. n° 157/05, del 02.03, exp. 04-3293. Resaltado añadido).

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional que interpuso el abogado Nelson José Marín Lara, como supuesto apoderado judicial de la ciudadana BLANCA FLOR GUARDIA DÍAZ, contra la sentencia n° 000786/2005 que dictó la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, el 28 de noviembre de 2005. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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