Sentencia N° 882 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de septiembre de 2026

TSJ/SC, Sent. N° 0882, Exp. 26-0404, 23/09/2026
Expediente26-0404
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-09-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por Liset del Carmen Gil Romero, en su calidad de víctima/querellante, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La apelante alegó violaciones a sus derechos en el proceso penal, argumentando que no fue notificada adecuadamente y que se le impidió participar en el juicio. Sin embargo, la Sala determinó que la apelante contaba con recursos ordinarios que no agotó, lo que llevó a declarar sin lugar la apelación y confirmar la decisión de inadmisibilidad de la Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

La presente Acción de Amparo constitucional es presentada por la ABG. LISET GIL, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-18.421.815, quien manifiesta actuar en nombre propio como víctima querellante, en contra del Tribunal Quinto (05°) de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, por la presunta violación a los artículos 26, 77, 49,1, 281 y 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, alegando que se le ha impedido la actuación a la víctima querellante en el debate oral y público de la causa KPOI-P-2019-005678, toda vez; que no ha sido notificada de la revisión de medida otorgada por el Tribunal, no fue válidamente convocada, para el acta de juicio, se le ha dejado ausente en a su persona y su representante en las diferentes fechas de los juicios continuados, no los dejan participar en el debate y se decretó un abandono sin fundamento de hecho y de derecho. Asimismo, la accionante consigna copias de escritos y solicitudes que ha dirigido al Tribunal, presunto agraviante, mediante los cuales ratifica la solicitud realizada en la apertura del juicio en relación a la nulidad de la medida otorgada.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: Que es COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación. SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 2 de diciembre de 2025, por la abogada Liset del Carmen Gil Romero, en su condición de víctima/querellante, contra Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, la cual se CONFIRMA. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente.

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