Sentencia N° 881 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de julio de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0881, Exp. 11-0862, 11/07/2023
Expediente11-0862
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2023-07-11
DecisiónDecaimiento del Objeto
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto del recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto contra los artículos 14 y 15 de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público. Esta decisión se basa en que la mencionada ley fue anulada previamente por la misma Sala en una sentencia anterior, lo que implica que no puede persistir ningún efecto jurídico de su aplicación.
Extracto de la motiva
Precisado lo anterior, evidencia esta Sala que el 14 de agosto de 2017, mediante sentencia n.° 686, declaró que: “(…) en resguardo de los postulados constitucionales y los valores superiores que los inspiran, labor que ineludiblemente corresponde a esta Sala como máxima garante del Texto Constitucional, la misma advierte la inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.952, del 12 de enero de 2011, motivo por el cual el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Neidy Carmen Rosal González, actuando en su carácter de Legisladora del Estado Carabobo y asistida por la abogada Elsis Leal Sánchez debe ser declarado con lugar. En consecuencia, se declara la nulidad por razones de inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.952, del 12 de enero de 2011, por las razones expuestas a lo largo de la presente decisión (…)”. (Destacado de este fallo). En tal sentido, visto que se sometió a la consideración de esta Sala el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad contra los artículos 14 y 15 de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 39.592 del 12 de enero de 2011 y siendo que esta máxima instancia constitucional declaró su nulidad total en la sentencia antes transcrita, la misma ya no forma parte del ordenamiento jurídico positivo, además, la nulidad fue declarada con efectos ex tunc, es decir, hacia el pasado y, que por tanto, no es posible que persista ningún efecto jurídico que pueda imputarse a su aplicación, razón por la cual se declara el decaimiento del objeto del presente recurso propuesto.
Dispositiva
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido por los ciudadanos RÓMULO LUIS BETANCOURT MANOSALVA, ERNESTO SEGUNDO FRAILE ESCALONA y THOMAS ERNESTO AVENDAÑO JASPE, en contra de los artículos 14 y 15 de Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público.