Sentencia N° 881 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de mayo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 881, Exp. 06-0185, 05/05/2006
Expediente06-0185
PonentePedro Rafael Rondón Haaz
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-05-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de la demanda de amparo constitucional presentada por Teobaldo José Terán Ochoa contra el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria. La Sala determinó que la demanda no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ya que no se precisaron los hechos ni se identificó el acto que motivó la acción de amparo.
Extracto de la motiva
En conclusión, el escrito que encabeza las presentes actuaciones no satisface los requisitos de la demanda de amparo a que se refieren los cardinales 5 y 6 del artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
ORDENA al ciudadano TEOBALDO JOSÉ TERÁN OCHOA, que, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a que sea notificado de este auto, CORRIJA SU DEMANDA DE AMPARO de forma que exprese, con la mayor precisión, el acto, hecho u omisión que motivó la proposición de la pretensión de tutela constitucional, señale de qué forma se configuró la supuesta violación a sus derechos constitucionales, así como también que, de manera ordenada y coherente, explique lo que considere pertinente para la mejor ilustración de esta Sala respecto de su situación jurídica que habría sido infringida.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos constitucionalesinadmisibilidadLey Orgánica de Amparotutela constitucionaldebido procesoFOGADE