Sentencia N° 880 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de octubre de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 880, Exp. 16-0719, 25/10/2016
Expediente16-0719
PonenteGLADYS MARIA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-10-25
DecisiónNIEGA LA HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Republic International Bank N.V. contra una decisión de amparo. La apelante desistió del recurso, pero la Sala determinó que no se cumplían los requisitos necesarios para homologar dicho desistimiento, ya que la abogada que lo presentó no contaba con la facultad expresa para hacerlo. Por lo tanto, se decidió negar la homologación del desistimiento del recurso de apelación.
Extracto de la motiva
Conforme a la anterior transcripción, se concluye que quien compareció, no tiene facultad expresa para desistir del recurso de apelación interpuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se debe negar la homologación del desistimiento efectuado. Y así se decide.
Dispositiva
NIEGA LA HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO del recurso de apelación presentado por la abogada Elba Iraida Osorio, inscrita en el Inpreabogado bajo el n.° 75.438, actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil Republic International Bank N.V.