Sentencia N° 878 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de septiembre de 2026

TSJ/SC, Sent. N° 0878, Exp. 26-0217, 23/09/2026
Expediente26-0217
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-09-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 23 de septiembre de 2026, declaró con lugar la apelación interpuesta por el abogado Edison Alberto Muñoz Tovar, en representación de Francisco Antonio Salcines, contra la decisión del Tribunal Superior Accidental N° 50 que había declarado el abandono del trámite en la acción de amparo constitucional. La Sala revocó dicha decisión, argumentando que el caso involucra derechos de orden público relacionados con la identidad de una adolescente, lo que requiere una atención especial y no puede ser desestimado por la incomparecencia de las partes. Se ordenó la redistribución del caso a otro tribunal superior para la celebración de la audiencia constitucional correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional ha sostenido el criterio de que el juez de amparo tiene la obligación imperativa de verificar que en los hechos denunciados no esté involucrado el orden público. Asimismo, debe constatar que la presunta infracción no afecte a un colectivo o al interés general, más allá de los intereses particulares del accionante agraviado. De existir tal afectación al orden público o al interés social, el juzgador debe acordar las diligencias procesales necesarias para la continuación del procedimiento de amparo constitucional, independientemente de la conducta procesal de las partes.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara: 1.- COMPETENTE para conocer de la apelación ejercida. 2.- CON LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 3 de septiembre de 2025, por el Tribunal Superior Accidental N° 50 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con sede en San Carlos. 3.- REVOCA la decisión dictada el 3 de septiembre de 2025, por el Tribunal Superior Accidental N° 50 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con sede en San Carlos, la cual declaró el abandono del trámite y terminado el procedimiento en la acción de amparo constitucional de autos. 4.- ORDENA la redistribución de la acción de amparo a otro tribunal superior, con el objeto de que previa notificación de las partes interesadas en el presente asunto fije por auto expreso la oportunidad en que tendrá lugar la celebración de la Audiencia Constitucional, tomando en cuenta lo expuesto en el presente fallo.

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