Sentencia N° 878 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de julio de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 878, Exp. 12-0140, 22/07/2014
Expediente12-0140
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-07-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo interpuesta por la Fiscal Cuadragésima Tercera del Ministerio Público contra la decisión de la Corte de Apelaciones que anuló una sentencia condenatoria por abuso sexual a una adolescente. La Sala consideró que la anulación de la sentencia original violó el derecho a la tutela judicial efectiva y el principio del juez natural, ya que el juicio se realizó conforme a las garantías procesales. Finalmente, se declaró firme la sentencia condenatoria original, reafirmando la importancia del interés superior del niño en el proceso.

Extracto de la motiva

La abogada Gwondeline González Chirinos, en su condición de Fiscal Cuadragésima Tercera del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente Penal Ordinario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, fundamentó la acción de amparo constitucional bajo los alegatos que, a continuación, la Sala resume: Que la acción de amparo constitucional “…va dirigida en contra de la decisión…de fecha 12 de Julio de 2011…, por la Corte de Apelación (sic) Sección Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia mediante la cual se anuló la decisión Nro. 2J-72-2010, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Extensión Cabimas, que a su vez había dictado sentencia condenatoria, en contra del acusado IVAN (sic) JOSE (sic) FERNANDEZ (sic) PIÑA a cumplir la pena de veintiún (21) años, diez (10) meses y quince (15) días de prisión…, por consideralo culpable y responsable penalmente de la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTES, previsto y sancionado en el artículo 260 y 217 (sic) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de la adolescente…”. Que “…durante los días 04, 17, 27 mayo, 10, 28 junio de 2011, se llevó a cabo por ante (sic) el Tribunal de Juicio N° 2, ubicado en el primer piso del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas y bajo la dirección del Dr. ROMULO (sic) GARCIA (sic), Juez Segundo de Primera Instancia con funciones de Juicio, el juicio que por la comisión del delito de Abuxo Sexual a ADOLESCENTE cometido en perjuicio de la adolescente…quien para el momento de los hechos contaba con solo trece (13) años de edad”. Que “…con ocasión a la interposición de un recurso de apelación ejercido por la defensa del acusado IVAN (sic) JOSE (sic) FERNANDEZ (sic) PIÑA, en el cual fue denunciado los motivos contenidos en los artículos 451, 452 numeral 3, 453 del Código Orgánico Procesal Penal, la Corte de Apelación (sic) Sección Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, omitiendo pronunciamiento alguno sobre los motivos alegados por los (sic) defensa y rechazados por el Ministerio Publico (sic), consideró declarar de Oficio (sic) la Nulidad (sic) Absoluta (sic) de la sentencia N° 2J-72-2.010 de fecha 20 de Diciembre (sic) en Interés de la Ley”.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Gwondeline González Chirinos, en su condición de Fiscala Cuadragésima Tercera del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente Penal Ordinario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contra la decisión dictada, el 12 de julio de 2011, por la Corte de Apelaciones Sección Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la cual SE ANULA. SEGUNDO: con base en el interés superior del niño, niña y del adolescente, se declara FIRME la sentencia dictada el 20 de diciembre de 2010, por el Juzgado Segundo de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal, extensión Cabimas, que condenó al ciudadano Iván José Fernández Piña a cumplir la pena de veintiún (21) años, diez (10) meses y quince (15) días de prisión, por la comisión del delito de abuso sexual a adolescentes, en perjuicio de una adolescente, cuya identidad se omite conforme con lo señalado por el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. TERCERO: Se REVOCA la medida cautelar dictada por esta Sala el 20 de junio de 2013. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase con lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalabuso sexualadolescentetutela judicial efectivaderecho penal

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