Sentencia N° 874 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de julio de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 874, Exp. 15-0617, 17/07/2015
Expediente15-0617
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2015-07-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado Anibal Lairet Vidal en representación de Manuel Antonio Palenzuela Tirado, contra la sentencia n.° 000768 del 4 de diciembre de 2014, dictada por la Sala de Casación Civil. La decisión se fundamenta en la prohibición de admitir acciones de amparo contra decisiones del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia que el objeto de la presente solicitud de amparo es una decisión dictada por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Civil, mediante el cual se declaró sin lugar el Recurso de Casación anunciado y formalizado contra la sentencia de fecha 12 de mayo de 2014, dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ahora bien, observa la Sala que el legislador, en materia de amparo constitucional, prohibió expresamente admitir este tipo de demandas intentada contra decisiones de las Salas del este Tribunal Supremo de Justicia. En efecto, conforme a lo establecido en el artículo 6.6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no se admitirá la acción de amparo cuando se trate de decisiones emanadas del Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado ANIBAL LAIRET VIDAL, en su condición de apoderado judicial del ciudadano MANUEL ANTONIO PALENZUELA TIRADO, contra la sentencia n.° 000768 del 4 de diciembre de 2014, dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.