Sentencia N° 873 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de septiembre de 2026

TSJ/SC, Sent. N° 0873, Exp. 25-0369, 23/09/2026
Expediente25-0369
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2026-09-23
DecisiónHA LUGAR la solicitud de revisión constitucional de la sentencia No.00033, dictada el 21 de febrero de 2025 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia en el asunto identificado por el alfanumérico AA20-C-2024-000051.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia No. 00033 dictada por la Sala de Casación Civil, que había declarado inadmisible un recurso extraordinario de casación. La Sala Constitucional encontró que la Sala Civil incurrió en incongruencia omisiva al no pronunciarse sobre la impugnación de la cuantía, lo que vulneró el derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva. En consecuencia, se declaró ha lugar la revisión y se anuló la sentencia impugnada, ordenando a la Sala Civil dictar una nueva decisión considerando lo expuesto en el fallo.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional ha sostenido que la discrecionalidad en la revisión constitucional no debe ser entendida como una nueva instancia, sino que debe preservar la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales. En el caso sub examine, se pretende la revisión de la sentencia No. 00033 que expidió la Sala de Casación Civil, que declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación propuesto por el demandado recurrente. Los solicitantes fundamentaron su petición de revisión en la incongruencia omisiva de la Sala Civil, que no se pronunció sobre la impugnación de la cuantía, lo que introdujo un nuevo hecho controvertido que requería de un pronunciamiento previo al fondo. La Sala Constitucional concluyó que la Sala Civil no atendió a las alegaciones y pruebas presentadas, lo que constituyó una violación a los derechos de defensa y debido proceso.

Dispositiva

1.- LA COMPETENCIA para el conocimiento de la solicitud de revisión constitucional que interpusieron los abogados Rafael Mujica Noroño y Whill Pérez Colmenarez, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos BLANCA NIEVES BOLDRINI DE SAMSÓ y ANÍBAL JESÚS SAMSÓ BOLDRINI, accionistas de la sociedad mercantil CH Mundial Motores Import, C.A., ya identificados de la decisión No.00033 dictada el 21 de febrero de 2025 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, en el asunto identificado por el alfanumérico AA20-C-2024-000051. 2.- HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional de la sentencia No.00033, dictada el 21 de febrero de 2025 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia en el asunto identificado por el alfanumérico AA20-C-2024-000051. 3.- ANULA la sentencia N° 00033 dictada el 21 de febrero de 2025, por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia y ORDENA a dicha Sala dictar sentencia en el recurso de casación sometido a su estudio, considerando lo expuesto en el presente fallo.

Palabras clave

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