Sentencia N° 872 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de noviembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0872, Exp. 22-0045, 15/11/2024
Expediente22-0045
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional presentada por varios ciudadanos contra diversas instituciones del Estado, alegando desabastecimiento de medicamentos y violación del derecho a la salud. La decisión se basa en la inepta acumulación de pretensiones, ya que los demandantes incluyeron a múltiples agraviantes sin atender a la jerarquía y competencia de cada uno, lo que impide un pronunciamiento conjunto. La Sala resalta la necesidad de que cada pretensión se interponga de manera independiente ante el tribunal competente.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN PARA LA DECISIÓN En el caso sub examineesta Sala Constitucional verifica que los peticionarios de tutela constitucional cimentaron su delación y requerimiento de protección constitucional sobre un supuesto desabastecimiento de medicinas e instrumentos o insumos médicos tanto en los centros de salud pública ubicados en el estado Lara como, sin que hubiese especificado, detallado o particularizado dicha situación de escasez y dirigiendo indistintamente su pretensión y petición de fondo contra varios órganos y entes de carácter nacional y estadal, en una ampliación subjetiva de los presuntos agraviantes, lo cual afecta o impide, desde el punto de vista técnico o jurídico-procesal, la determinación o precisión de una unicidad orgánica jurisdiccional para el conocimiento y resolución del asunto planteado, pues, es claro, que esa acumulación subjetiva-pasiva procesal está prohibida por el ordenamiento jurídico patrio. Así, se observa que los legitimados activos indicaron como los supuestos agraviantes o responsables a “LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO LARA Y EL DEPARTAMENTO DE LA
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE-por inepta acumulación-la acción de amparo constitucional propuesta por los ciudadanos Milagros Seijas Salas, Yajaira Montilla Colmenare, Diosy Vilmary Mendoza, Ysis Deyanira Henríquez y Willians José Silva. En consecuencia, en virtud de la declaratoria de inadmisibilidad se hace inoficioso pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada.
Palabras clave
amparo constitucionaldesabastecimientoderecho a la saludinadmisibilidadinepta acumulación