Sentencia N° 868 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de julio de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0868, Exp. 20-0035, 10/07/2023
Expediente20-0035
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-07-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por Gustavo Andrés Zambrano Morillo contra una sentencia del Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara. La decisión apelada había declarado inadmisible la acción de amparo. La Sala ordenó al juzgado remitente que enviara copia certificada de la decisión apelada para poder conocer del fondo del recurso.

Extracto de la motiva

Ahora bien, una vez revisadas las actas del expediente está Sala observa que la decisión apelada, dictada el 27 de diciembre de 2019 por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que riela inserta a los folios veintiocho al treinta uno (28 al 31) del expediente, sentencia que no es legible, documentación indispensable para que esta Sala pueda conocer del fondo del recurso de apelación ejercido por el ciudadano Gustavo Andrés Zambrano Morillo. En consecuencia, esta Sala Constitucional de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia ORDENA al Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, remitir copia certificada de la decisión dictada el 27 de diciembre de 2019 por ese juzgado superior, en la causa signada con el alfanumérico KP02-O-2019-0000003, contentivo de la acción de amparo constitucional contra actuaciones judiciales, incoada por el ciudadano Gustavo Andrés Zambrano Morillo, titular de la cédula de identidad No. V-16.324.016, debidamente asistido por la abogada Marielita Virginia Idrogo Oviedo; en un lapso de cinco (5) días, más cuatro (4) días correspondientes al término de la distancia, lapso que comenzará a contarse una vez que conste en auto su notificación.

Dispositiva

ORDENA al Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, remitir copia certificada de la decisión dictada el 27 de diciembre de 2019 por ese juzgado superior, en la causa signada con el alfanumérico KP02-O-2019-0000003, contentivo de la acción de amparo constitucional contra actuaciones judiciales, incoada por el ciudadano Gustavo Andrés Zambrano Morillo, titular de la cédula de identidad No. V-16.324.016, debidamente asistido por la abogada Marielita Virginia Idrogo Oviedo; en un lapso de cinco (5) días, más cuatro (4) días correspondientes al término de la distancia.

Palabras clave

amparoniñosadolescentesjusticiadecisiónapelación

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