Sentencia N° 865 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de septiembre de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0865, Exp. 26-0499, 23/09/2026
Expediente26-0499
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2026-09-23
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Roque Carmine La Torre Mejía, representante de la sociedad mercantil S.V.R. PROTECCIÓN, C.A. La decisión se basa en la falta de presentación del poder que acredite la representación del solicitante, lo cual es un requisito esencial para la admisión de este tipo de solicitudes. La Sala fundamenta su decisión en el artículo 133, numeral 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que establece la inadmisibilidad en casos de falta de legitimidad o representación.
Extracto de la motiva
La necesidad de consignar un instrumento fehaciente, obedece a la certeza que debe obtener esta Sala, respecto del contenido del fallo que pretende impugnarse a través de la revisión, dada la entidad de la sentencia que pretende revertirse. Por ello, la Sala ha considerado que quien pide una revisión debe presentar copia auténtica (fehaciente) del fallo a revisarse, no pudiendo suplantarse el mismo, ni siquiera por la vía del artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, ya que en materia de revisión no hay contraparte que controle lo aportado por el solicitante. Así se decide.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de revisión. 2.- INADMISIBLE la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Roque Carmine La Torre Mejía, de las sentencias dictadas por el Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 28 de marzo de 2025 y la número 081 de la Sala Casación Social, del 17 de marzo de 2026. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.