Sentencia N° 865 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de diciembre de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0865, Exp. 18-0412, 05/12/2018
Expediente18-0412
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-12-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la apelación interpuesta por el abogado Yilder Sánchez, quien actuaba como defensor privado del ciudadano Jhoanber Smith Sandoval Alvarado. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la demanda de amparo, argumentando que el abogado carecía de legitimación para representar al acusado, quien había revocado su defensa privada y solicitado un defensor público. La Sala reafirmó que la falta de legitimación es una causal de inadmisibilidad que debe ser declarada de oficio.
Extracto de la motiva
El abogado Yilder Sánchez, en el supuesto carácter de defensor privado del ciudadano Jhoanber Smith Sandoval Alvarado, intentó, ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, amparo constitucional contra la actuación del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal, por cuanto consideró que la misma es violatoria de los derechos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. El 10 de mayo de 2018, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy declaró inadmisible la demanda de amparo, por cuanto luego de la revisión del expediente original, consideró que el abogado Yilder Sánchez, carece de legitimación para representar al ciudadano Jhoanber Smith Sandoval Alvarado. Precisado lo anterior, se percata esta Sala del estudio realizado a las actas contenidas en el expediente, que cursa al folio 34, que el abogado Yilder Sánchez, apeló de la referida decisión diciendo actuar en su 'cualidad de defensor de confianza'; sin embargo, de la revisión del expediente original que realizara el a quo constitucional, se evidenció que el procesado revocó como defensor privado al abogado Yilder Sánchez y solicitó la designación de un defensor público penal. Asimismo, en los autos no consta ninguna actuación o instrumento poder donde se desprenda la legitimación del prenombrado abogado para actuar en representación del ciudadano Jhoanber Smith Sandoval Alvarado, que aunque se encuentra privado de libertad, el amparo bajo examen no pretende la tutela de los derechos a la libertad y seguridad personal para admitir la legitimación extendida.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR FALTA DE REPRESENTACIÓN, la apelación interpuesta por el abogado Yilder Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 198.668, diciendo actuar como defensor privado del ciudadano JHOANBER SMITH SANDOVAL ALVARADO, contra la sentencia dictada el 10 de mayo de 2018, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, que declaró inadmisible la demanda de amparo constitucional incoada contra la actuación del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal, la cual queda FIRME. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.