Sentencia N° 865 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de junio de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 865, Exp. 10-0175, 22/06/2012
Expediente10-0175
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-06-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta por Gianfranco Curcio, representante de E & M Inversiones C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nororiental. La acción se fundamentó en la supuesta violación de derechos constitucionales debido a la falta de análisis y valoración de pruebas en el fallo impugnado. Sin embargo, la Sala concluyó que el Juzgado de Alzada actuó dentro de su competencia y que las pruebas cuestionadas fueron debidamente analizadas.
Extracto de la motiva
La parte accionante solicitó se decrete medida cautelar innominada consistente en la suspensión de los efectos de la ejecución de lo ordenado en la sentencia dictada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de fecha 06 de noviembre de 2009 y la nulidad absoluta de la sentencia proferida por el mencionado Juzgado. En virtud de lo anterior, la parte accionante solicitó se decrete medida cautelar innominada consistente en la suspensión de los efectos de la ejecución de lo ordenado en la sentencia dictada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de fecha 06 de noviembre de 2009 y la nulidad absoluta de la sentencia proferida por el mencionado Juzgado. En virtud de lo anterior, la parte accionante solicitó se decrete medida cautelar innominada consistente en la suspensión de los efectos de la ejecución de lo ordenado en la sentencia dictada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de fecha 06 de noviembre de 2009 y la nulidad absoluta de la sentencia proferida por el mencionado Juzgado.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Gianfranco Curcio, en su carácter de representante legal de la sociedad de comercio E & M Inversiones C.A., asistido por la abogada Maris Samiramis Jiménez, contra la sentencia dictada el 6 de noviembre de 2009, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nororiental del Estado Anzoátegui. 2.- REVOCA la medida cautelar acordada por esta Sala en decisión del 9 de diciembre de 2010, cuando suspendió los efectos de la sentencia dictada el 6 de noviembre de 2009 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental del Estado Anzoátegui.
Palabras clave
amparo constitucionalresolución de contratodaños y perjuicios