Sentencia N° 864 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0864, Exp. 19-0643, 28/10/2022
Expediente19-0643
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-11-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del TSJ conoce de una acción de amparo constitucional interpuesta por la defensa de Yovanny Junior Linares contra una sentencia de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible su pretensión. La Sala ordena al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure que informe si dictó sentencia condenatoria contra Linares y que remita copia certificada de las actas procesales que sustenten sus afirmaciones. Se establece un plazo de diez días para cumplir con esta orden.

Extracto de la motiva

En tal sentido, la Sala estima que previo a emitir un pronunciamiento respecto al fondo de la presente causa, es necesario a fin de dictar una decisión ajustada a derecho que permita resolver la acción de amparo incoada y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales, solicitar al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, informe a esta Sala si dictó sentencia condenatoria al ciudadano Yovanny Junior Linares. En tal virtud de lo anterior, conforme con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure que en el lapso de cinco (5) días, siguientes a su notificación, más el término de cinco (5) días de la distancia, informe a esta Sala si dictó sentencia condenatoria al ciudadano Yovanny Junior Linares, de ser así, recabe y remita copia certificada de las actas procesales que sustenten sus afirmaciones. De igual forma, deberá informar el estado actual de la causa.

Dispositiva

ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure que en el lapso de cinco (5) días, siguientes a su notificación, más el término de cinco (5) días de la distancia, informe a esta Sala si dictó sentencia condenatoria al ciudadano Yovanny Junior Linares, de ser así, recabe y remita copia certificada de las actas procesales que sustenten sus afirmaciones.

Palabras clave

amparosentenciaderechosconstitucionalesjuiciopenal

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