Sentencia N° 863 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de mayo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 863, Exp. 04-1790, 05/05/2006
Expediente04-1790
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-05-05
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de una sentencia dictada por la Sala de Casación Civil que declaró sin lugar un recurso de casación. Los solicitantes argumentaron que la sentencia de la Sala de Casación incurrió en incongruencia omisiva y no resolvió alegatos fundamentales sobre la ejecución hipotecaria. La Sala Constitucional, tras analizar los argumentos, determinó que no existían errores grotescos en la interpretación de la norma constitucional y que la sentencia cuestionada se ajustaba a derecho.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la solicitud de revisión se fundamenta en la supuesta violación de principios jurídicos fundamentales. Sin embargo, se concluye que la Sala de Casación Civil actuó conforme a derecho al desestimar el recurso de casación, ya que no se evidencian errores en la interpretación de la norma. La revisión de sentencias no debe ser entendida como una nueva instancia, sino que debe limitarse a casos donde se evidencien errores en el control de constitucionalidad. En este caso, la Sala Constitucional no encontró razones suficientes para estimar la pretensión planteada, por lo que se declara improcedente la solicitud de revisión.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la revisión del fallo emitido por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, del 24 de marzo de 2004, que declaró sin lugar el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de los terceros intervinientes, ciudadanos Wakuim George Kassis Bichara y Bakhos Chaid Raffoul Jreish. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.