Sentencia N° 861 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 861, Exp. 07-0574, 25/06/2009
Expediente07-0574
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-06-25
DecisiónNO ACEPTA LA REMISIÓN

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente de apelación relacionado con un amparo constitucional. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo había remitido el expediente, pero la Sala observó que la apelación no correspondía a la acción de amparo, ya que esta había sido decidida anteriormente. La Sala decidió no aceptar la remisión del expediente y ordenó su retorno a la Corte Primera para su debido tratamiento.

Extracto de la motiva

La Sala observa que, de acuerdo con la información suministrada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo mediante Oficio No. 2007-6139, del 6 de agosto de 2007, en la acción de amparo ejercida contra las actuaciones realizadas en el marco de la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana Auxiliadora Pérez contra el Instituto Autónomo Policía del Estado Miranda, ya se había cumplido el principio de la doble instancia con la decisión, en alzada, de esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictado el 15 de diciembre de 2004. Por otra parte, esta Sala observa que la remisión del presente expediente se debió a un error material que se produjo al someter al conocimiento de esta Sala el recurso de apelación que se ejerció en el juicio originario de querella funcionarial. Aunado a lo anterior, esta Sala observa que en el fallo que dictó el 25 de junio de 2007, esta Sala le solicitó a la referida Corte Primera que en caso de tratarse la presente causa de una acción de amparo sobrevenida contra las actuaciones del Juzgado de Sustanciación, remitiera el correspondiente escrito libelar, lo cual no ocurrió, situación que motiva a esta Sala a declarar que no acepta la remisión que hizo la referida Corte y ordenar que el presente expediente sea enviado nuevamente a la referida Corte Primera de lo Contencioso Administrativo; así se decide.

Dispositiva

Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley declara que NO ACEPTA LA REMISIÓN que hizo la Corte Primera de lo Contencioso Administrativa del expediente contentivo de la apelación ejercida contra la sentencia dictada por dicha Corte el 28 de septiembre de 2006, en consecuencia, ORDENA remitir el expediente a la referida Corte. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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