Sentencia N° 860 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 860, Exp. 04-0353, 12/05/2004
Expediente04-0353
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-02-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Alejandro Ramírez Saavedra en representación de sus hijas menores, contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil. Se identificó un error material en el dispositivo de la sentencia N° 239, donde se omitió la notificación a la madre de las niñas involucradas. La Sala decidió salvar esta omisión, ordenando la notificación correspondiente.

Extracto de la motiva

Por lo antes expuesto, la Sala, actuando como director del proceso y en atención al artículo 206 eiusdem, procede a salvar la omisión en que incurrió al no incluir en el dispositivo del fallo N° 239 del 20 de febrero de 2004, la notificación de la referida ciudadana. Así se decide.

Dispositiva

Se agrega en la parte dispositiva de la sentencia, el punto quinto donde se lee: “QUINTO: se ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua la notificación de la presente decisión a la otra parte en el juicio que originó la sentencia accionada, es decir a la ciudadana Flor Ysaura Velásquez de Ramírez, madre de las niñas a que se refiere el presente caso”. Por lo que se ordena a la Secretaría de la Sala proceder a la realización de la correspondiente notificación.

Palabras clave

amparo constitucionalnotificaciónerror materialsentenciajuzgado superiorcircunscripción judicialderechos de los niños

Normas citadas

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca