Sentencia N° 856 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de julio de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 856, Exp. 15-0460, 17/07/2015
Expediente15-0460
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-07-17
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia N° 511 dictada por la Sala de Casación Civil, que había declarado sin lugar el recurso de casación interpuesto por las sociedades CUSTODIAS Y ALMACENAJES C.A. y TAUREL & CIA. SUCRS. La Sala Constitucional determinó que la sentencia objeto de revisión no incurrió en vicios de incongruencia o inmotivación, y que la exigibilidad del nuevo canon de arrendamiento era válida tras la notificación del acto administrativo correspondiente. Por lo tanto, se declaró que la solicitud de revisión no tenía lugar.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la sentencia objeto del presente análisis no incurrió en los vicios de incongruencia e inmotivación alegados. Antes bien, analizó todos y cada uno de los argumentos planteados por las recurrentes y, en particular, el relativo a la supuesta inexigibilidad del nuevo canon de arrendamiento, el cual, tal como afirmó la decisión bajo examen, era plenamente exigible, pues había sido establecido en un acto administrativo válidamente notificado y, en consecuencia, plenamente vigente. De tal manera que, contrariamente a lo afirmado por las demandadas, no era necesario que la propietaria exigiera que se pagara el nuevo canon de arrendamiento, ya que éste había pasado a regular la relación arrendaticia desde que fue notificado el acto de regulación dictado por la Dirección General de Inquilinato.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión planteada por las sociedades mercantiles CUSTODIAS Y ALMACENAJES C.A., y TAUREL & CIA. SUCRS., C.A., contra la sentencia N° 511, dictada por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal el 6 de agosto de 2014. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

revisiónarrendamientocanonincongruenciainmotivación

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