Sentencia N° 854 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de mayo de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 854, Exp. 06-1883, 04/05/2007
Expediente06-1883
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-05-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Armando José Castro Lezama contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito. La Sala fundamenta su decisión en que el demandante no interpuso la acción dentro del lapso establecido, ya que la sentencia cuestionada fue dictada el 24 de mayo de 2004 y la acción fue presentada el 18 de diciembre de 2006, superando el plazo de seis meses para su interposición.
La Sala también señala que la situación denunciada no afecta el orden público ni las buenas costumbres, por lo que la inadmisibilidad se justifica. Se hace referencia a la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que establece las condiciones para la admisibilidad de estas acciones, y se concluye que el consentimiento tácito del agraviado se configura por el transcurso del tiempo sin acción.
Finalmente, se ordena la publicación, registro y notificación de la decisión, así como el archivo del expediente.
Extracto de la motiva
El accionante en amparo, fundamentó su pretensión conforme a los siguientes argumentos: Que el juez ad quem, actuó fuera de su competencia e incurrió en una grave pretermisión que afectó su derecho a la defensa, toda vez que omitió abrir el cuaderno separado a que se refiere el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, Que del mismo modo, le fue lesionado su derecho al debido proceso, ya que la decisión no se produjo con arreglo a la pretensión deducida, violentándose así lo dispuesto en los artículos 12, 15 y 243 del Código de Procedimiento Civil. Finalmente solicitó que se declarara con lugar el amparo interpuesto.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ARMANDO JOSÉ CASTRO LEZAMA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 24 de mayo de 2004. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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