Sentencia N° 853 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 853, Exp. 05-1237, 04/05/2007
Expediente05-1237
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional admitió la acción de amparo constitucional presentada por Efraín José Contreras Sánchez, representado por su abogado, contra un fallo del Juzgado Superior que declaró sin lugar una apelación. La Sala decidió suspender los efectos de la sentencia impugnada hasta que se resuelva el fondo del amparo. Se ordenó notificar a las partes involucradas y se advirtió sobre la posible responsabilidad administrativa del Juzgado Superior por no cumplir con las órdenes de la Sala.

Extracto de la motiva

Ahora bien, toda vez que a la presente fecha el referido Juzgado Superior no ha cumplido con la comisión ordenada por esta Sala, se advierte que tal omisión podría acarrear responsabilidad administrativa, ello de conformidad con el numeral 2 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que prevé la posibilidad de aplicar “(…) multa que oscilará entre el equivalente de mil unidades tributarias (1.000 U.T.) a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), a los funcionarios de los órganos del Poder Público que, estando obligados a hacerlo, no acataren sus órdenes ni le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar”. En razón de ello, se ordena a la Secretaría de esta Sala, oficiar nuevamente al Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas para que en el plazo de cinco (5) días siguientes a su notificación, remita a esta Sala la información que le ha sido requerida, ello a los fines de darle trámite al presente amparo, so pena de sanción ante el incumplimiento de lo aquí ordenado, una vez verificado el recibo de la comisión por el referido Juzgado Superior.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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