Sentencia N° 851 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de junio de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 851, Exp. 12-0515, 19/06/2012
Expediente12-0515
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-06-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una pretensión de amparo constitucional interpuesta por varios ciudadanos en representación de Abrahán Noé Lugo Ramos, alegando violaciones a sus derechos al debido proceso. La acción fue presentada por correo electrónico el 2 de mayo de 2012, pero no fue ratificada dentro del plazo de tres días establecido por la ley. Por lo tanto, la Sala declaró inadmisible la acción de tutela constitucional.
Extracto de la motiva
Ahora bien, se observa que la pretensión se recibió en Sala el 2 de mayo de 2012, según nota estampada por la Secretaría, y que la misma no fue ratificada conforme a lo previsto en la citada norma, habiendo transcurrido con creces el lapso de tres (3) días establecido para ello, por lo que resulta forzoso para este órgano jurisdiccional declarar inadmisible la presente acción de tutela constitucional; y así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el amparo interpuesto por el ciudadano ABRAHÁN NOÉ LUGO RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 19.176.929, Sargento Segundo de la Guardia Nacional Bolivariana, contra actuaciones y omisiones del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.