Sentencia N° 850 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de junio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 850, Exp. 10-1181, 07/06/2011
Expediente10-1181
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-06-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por Soraima Mercedes Rodríguez Aguirre contra decisiones de instancias inferiores que declararon sin lugar su apelación. La Sala, tras revisar el expediente, solicitó información al Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas sobre la ejecución de una medida de embargo relacionada con un contrato de arrendamiento. La decisión se fundamenta en la necesidad de conocer el estado actual de la ejecución para resolver la apelación interpuesta.

Extracto de la motiva

En primer lugar, observa esta Sala que la ciudadana Soraima Mercedes Rodríguez Aguirre, actuando en su propio nombre, ejerció acción de amparo constitucional contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua del “(…) 30 de abril de 2010, a través de la cual se declaró entre otros aspectos sin lugar la apelación interpuesta por parte nuestra y confirmó la decisión dictada por el ciudadano Juez Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 16 de marzo de 2010, la cual declaró con lugar la demanda que por resolución de contrato de arrendamiento intentara la empresa Sociedad Mercantil Desarrollo Park Mall C.A., en [su] contra”. En tal sentido, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, estima conveniente solicitar al Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, informe a esta Sala si llevó a cabo la practica de la medida relativa a la entrega material del inmueble constituido por un (1) Apartamento, identificado con el Nº 11-B, situado en la calle Páez Oeste, Centro Comercial y Residencial Centro Colonial, Jurisdicción del Municipio Girardot, Maracay Estado Aragua, y Embargo Ejecutivo, hasta cubrir la cantidad de treinta y cuatro mil doscientos veinticuatro (Bs. 34.224,00); decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con motivo del juicio que por resolución de contrato de arrendamiento, intentó la Sociedad Mercantil Desarrollo Park Mall, C.A., contra la ciudadana Soraima Mercedes Rodríguez; e igualmente informe cualquier otro aspecto relevante a los efectos de conocer el estado actual de dicha ejecución, lo cual se hace necesario a los efectos de resolver la apelación interpuesta.

Dispositiva

Se advierte que la omisión en el cumplimiento del anterior mandato, podría acarrear responsabilidad administrativa, ello de conformidad con el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que prevé la posibilidad de aplicar “(...) multa equivalente hasta doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a las personas, funcionarios o funcionarias que no acataren sus órdenes o decisiones, o no le suministren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar”. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo solicitado.

Palabras clave

amparoderechosgarantíasjusticiatribunales

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