Sentencia N° 849 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de julio de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 849, Exp. 12-0205, 08/07/2013
Expediente12-0205
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-07-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara conforme a derecho la desaplicación del artículo 228 del Código Civil, que establece un lapso de cinco años para intentar la acción de inquisición de paternidad, al considerar que colide con los artículos 56 y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La decisión se basa en la protección del derecho a la identidad y a conocer la filiación, sin limitaciones temporales que afecten a los derechos de los ciudadanos. La Sala resalta la importancia de garantizar el interés superior de los niños y adolescentes en estos casos.
Extracto de la motiva
La norma que antecede establece una obligación a todos los jueces de la República de asegurar la integridad de la constitución y de aplicar las disposiciones constitucionales, con preferencia en caso de incompatibilidad entre la constitución y una ley u otra norma jurídica. Por su parte, los artículos 56 y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantizan a todas las personas el derecho a un nombre propio, al apellido del padre ó de la madre y a conocer la identidad de los mismos. Como puede evidenciarse el artículo 228 del Código Civil colide con los artículos 56 y 78 de la Constitución de República Bolivariana de Venezuela, al establecer un lapso de caducidad de cinco (5) años toda vez que limita el ejercicio del derecho a tener un nombre propio, al apellido del padre ó de la madre y a conocer la identidad de los mismos, por el contrario la constitución no establece el límite temporal ni para la investigación de la maternidad y paternidad ni para la adquisición del apellido del padre o de la madre, según sea el caso.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara CONFORME A DERECHO la desaplicación por control difuso de la constitucionalidad del artículo 228 del Código Civil, efectuada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en decisión del 7 de diciembre de 2011, con ocasión a la demanda por inquisición de paternidad que propuso la ciudadana ZORAIDA SERRANO DE DÍAZ, contra los ciudadanos José Ricardo Navarro Cartaya, Jesús Navarro Cartaya, Marcos Antonio Navarro Cartaya, Francisco Navarro Cartaya, Amada Navarro de Robles, Laura Consuelo Navarro Cartaya, Ángel Navarro, Gregorio Navarro Cartaya, Luna Navarro, Delia Cartaya, Susana Cartaya y Raquel Cartaya.
Palabras clave
desaplicacióncontrol difusoinquisición de paternidadCódigo Civilderecho a la identidad