Sentencia N° 849 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de enero de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 849, Exp. 09-0033, 19/06/2009
Expediente09-0033
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-01-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Francisco Oviedo Jara, quien alegó violaciones a sus derechos a la tutela judicial eficaz y al debido proceso por parte de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. La Sala consideró que la apelación interpuesta por el Ministerio Público fue decidida por motivos distintos a los planteados, lo que constituyó una extralimitación de la Corte de Apelaciones en su competencia.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la decisión de la Corte de Apelaciones, determinó que esta incurrió en violaciones al debido proceso al anular la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio, sin que se hubieran planteado los motivos de apelación correspondientes. Se enfatizó que el recurso de apelación exige el cumplimiento de requisitos formales y que la falta de motivación en el fallo es un vicio que debe ser corregido. La Sala concluyó que la decisión de la Corte de Apelaciones no se ajustó a derecho, lo que justificó la admisión del amparo constitucional.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada NANCY BOLIVAR, en su carácter de Fiscal Undécima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de la sentencia dictada por el juzgado Cuarto de juicio, en fecha 21 de enero de 2008, a través de la cual absolvió al ciudadano JUAN FRANCISCO OVIEDO JARA, de la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: ANULA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 21 de enero de 2008, mediante la cual absolvió al ciudadano JUAN FRANCISCO OVIEDO JARA, de la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, y en consecuencia se ordena que un juez de la misma categoría, pero distinto del que profirió el fallo anulado, celebre nuevo juicio oral y público y dicte sentencia para resolver la situación jurídica del referido ciudadano, con prescindencia del vicio observado.
Palabras clave
amparo constitucionaltutela judicialdebido procesoCorte de Apelacionesextralimitaciónsentencia absolutoriarecurso de apelaciónviolación de derechos