Sentencia N° 848 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 848, Exp. 07-1806, 11/08/2010
Expediente07-1806
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-08-11
DecisiónORDENA oficiar al Juzgado Superior Cuarto Agrario
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por la sociedad mercantil Bariláctico, S.A. contra la sentencia N° 2.280 dictada por la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social. La Sala determinó su competencia para conocer la solicitud, dado que la sentencia impugnada se encontraba definitivamente firme. Se destacó la importancia de salvaguardar la tutela judicial efectiva y se ordenó al Juzgado Superior Cuarto Agrario remitir el expediente correspondiente para su revisión.
Extracto de la motiva
Esta Sala observa, a los fines de salvaguardar la tutela judicial efectiva en cada caso, que le es dado al juez de la revisión constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, la posibilidad de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento. En tal sentido, y en aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales, a tenor de lo previsto en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.991 del 29 de julio de 2010, se considera imprescindible solicitar al Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, remita a esta Sala dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más el término de la distancia, el original del expediente N° 2006-803 correspondiente al recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Bariláctico, S.A., contra el acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI) en sesión N° 07-06 del 14 de marzo de 2006, mediante el cual se acordó medida cautelar de aseguramiento, tendente a colocar en productividad las tierras objeto del procedimiento de rescate.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA oficiar al Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, para que dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más el término de la distancia, dé cumplimiento a lo establecido en el presente auto, so pena de incurrir en las infracciones señaladas en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.991 del 29 de julio de 2010, que prevé la posibilidad de aplicar “(…) multa equivalente hasta doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a las personas, funcionarios y funcionarias que no acataren sus órdenes o decisiones, o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar”. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.