Sentencia N° 840 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de junio de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0840, Exp. 24-0581, 03/06/2025
Expediente24-0581
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-06-03
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por María Libera Sabelli Castellanos, en representación de la sucesión de Josefa María Ramona Castellanos de Sabelli y Tito Giuseppe Sabelli Pisillo. La acción se dirigía contra dos sentencias de diferentes órganos jurisdiccionales, lo que constituye una inepta acumulación de pretensiones, ya que cada una de las decisiones emanaba de tribunales distintos y trataba sobre asuntos diferentes. La Sala Constitucional argumenta que la acumulación de demandas o recursos que se excluyen mutuamente o cuyos procedimientos son incompatibles es inadmisible, y que la acción de amparo debe ser interpuesta de forma independiente ante el tribunal competente. En consecuencia, se concluye que la acción de amparo no puede ser admitida por la falta de conexión entre las pretensiones y los órganos jurisdiccionales involucrados. Finalmente, se ordena la publicación y registro de la decisión, así como el archivo del expediente.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE por inepta acumulación, la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada MARÍA LIBERA SABELLI CASTELLANOS, ya identificada, actuando en su propio nombre y en representación de la sucesión Josefa María Ramona Castellanos de Sabelli y Tito Giuseppe Sabelli Pisillo, contra las sentencias del 22 de abril de 2024, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, y del 2 de mayo de 2024, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.

Palabras clave

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