Sentencia N° 840 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de octubre de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 840, Exp. 16-1179, 27/10/2017
Expediente16-1179
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaCivil
Tipo de recursoRecurso de Hecho
Fecha de la decisión2017-10-27
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional interpuesta por Ziomara Pérez Piñero, asistida por su abogado, respecto a la decisión del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Miranda. La decisión impugnada se refiere a la negativa de admitir un recurso de casación contra una sentencia que declaró sin lugar un recurso de apelación anterior. La Sala fundamenta su decisión en la falta de cumplimiento de requisitos procesales y la inepta acumulación de pretensiones.

Extracto de la motiva

la presente causa se halla[ba] en la segunda etapa del procedimiento de partición, esto es, en la partición propiamente dicha, toda vez que la etapa relativa al contradictorio concluyó con la determinación adoptada por e[se] Juzgado en la actuación cursante a los folios 106 al 108 del expediente, mediante la cual se declaró con lugar la partición de los bienes de la comunidad, por haber sido formulada una oposición que no cumple con los extremos del artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, decisión que se encuentra definitivamente firme, por lo que adquirió carácter de cosa juzgada, siendo ésta una garantía constitucional y así se establece. Razón que justifica que el pedimento de inadmisibilidad de la demanda sea negado.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional interpuesta por la ciudadana Ziomara Pérez Piñero, asistida por el abogado José Gregorio Rodríguez, ya identificados, de la sentencia dictada por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, el 30 de septiembre de 2016.

Palabras clave

inadmisibilidadparticióncosa juzgadaprocedimiento civilgarantías constitucionales

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