Sentencia N° 84 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2020
TSJ/SC, Sent. N° 0084, Exp. 20-0051, 12/08/2020
Expediente20-0051
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2020-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admite la solicitud de avocamiento presentada por Norka Cobis Ramírez, apoderada judicial de José Oliveros Febres-Cordero, respecto a causas que cursan en diversos tribunales del Área Metropolitana de Caracas. Se argumenta que existen violaciones al orden público constitucional y a los derechos de propiedad y libertad económica del demandante debido a medidas cautelares impuestas en juicios relacionados con acciones de una institución bancaria.
La Sala declara su competencia para conocer del caso, resaltando la importancia de restablecer el orden público constitucional y la necesidad de proteger los derechos de los justiciables. Se enfatiza que el avocamiento es una herramienta procesal excepcional que se justifica ante situaciones de manifiesta injusticia o denegación de justicia.
Finalmente, se ordena la publicación y registro de la decisión, cumpliendo con lo establecido en la ley.
Extracto de la motiva
En atención a la norma antes transcrita y siendo que el asunto del cual se solicita el avocamiento se corresponde con la posible transgresión del orden público constitucional, en el marco de los principios fundamentales que informan el orden socioeconómico que establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de una sucesión temporal de normas en materia civil, desarrolladas parcialmente por la jurisprudencia vinculante esta Sala, al ser afín su competencia con la materia debatida, se declara competente para conocer.
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente solicitud y se ADMITE el avocamiento solicitado por la abogada Norka Cobis Ramírez apoderada judicial del ciudadano JOSÉ OLIVEROS FEBRES-CORDERO de las causas que cursan en diversos Tribunales de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.