Sentencia N° 84 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de febrero de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 84, Exp. 05-0065, 23/02/2005
Expediente05-0065
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-02-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la ciudadana Reina Coromoto Morles del Moral, quien había solicitado un amparo constitucional contra la Rectora de la Universidad Nacional Abierta. La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo había declarado inadmisible la acción de amparo, argumentando que la vía idónea para resolver el conflicto era el recurso contencioso administrativo funcionarial. La Sala Constitucional confirmó esta decisión, sosteniendo que la acción de amparo no era el medio adecuado para restablecer la situación jurídica infringida, dado que la demandante no había agotado las vías judiciales ordinarias.
Extracto de la motiva
Ciertamente, en el caso de autos, de las actas procesales se evidencia que la accionante podía optar por el ejercicio del recurso contencioso funcionarial por ante las Cortes de lo Contencioso Administrativo para reclamar el pago de sus prestaciones sociales y solicitar la desaplicación del Reglamento de Personal de la Universidad Nacional Abierta, tal y como lo sostiene el a quo, en razón de que el contencioso funcionarial constituye la vía procesal idónea para la reclamación de sus derechos y no incoar una acción de amparo constitucional que por su naturaleza extraordinaria y contralora de aspectos estrictamente constitucionales resulta insuficiente para satisfacer su solicitud.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la apelación formulada y CONFIRMA la sentencia dictada el 1 de diciembre de 2004 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional intentada el 1 de noviembre de 2004 por el abogado Manuel Assad Brito, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana REINA COROMOTO MORLES DEL MORAL.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadprestaciones socialesrecurso contencioso administrativoderechos laboralesuniversidad nacional abiertareglamento de personal