Sentencia N° 839 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de abril de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 839, Exp. 01-2539, 22/04/2003
Expediente01-2539
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-04-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 22 de abril de 2003, confirma la decisión del Juzgado Superior Décimo que declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por Telecomunicaciones MOVILNET, C.A. La acción se fundamentó en la violación del derecho a la defensa y al debido proceso, tras la decisión del Juzgado Itinerante Undécimo que había declarado sin lugar la apelación de honorarios profesionales. La Sala determinó que el Juzgado Itinerante actuó fuera de su competencia y vulneró derechos fundamentales al imponer una obligación que afectó el patrimonio de la accionante.
Extracto de la motiva
La Sala establece que el Juzgado Itinerante no tomó en consideración lo alegado por los accionantes sobre la cantidad que constituye el 30 % de lo litigado, incurriendo en el vicio de incongruencia. Además, se señala que la indexación considerada por el Juzgado Itinerante resultaría procedente siempre que versara sobre sumas liquidas y exigibles, por lo cual si tal suma no existe, no puede haber indexación y menos aún condenar a pagar una suma indexada, sin estar previamente determinado el monto de los honorarios. La Sala concluye que el Juzgado no preservó los derechos procesales amparados por el proceso, lo que llevó a la anulación parcial de la sentencia accionada.
Dispositiva
CONFIRMA la sentencia dictada el 15 de octubre de 2001 por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparohonorariosderecho a la defensadebido procesoindexacióncompetenciapropiedad