Sentencia N° 838 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de mayo de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 838, Exp. 07-1749, 21/05/2008
Expediente07-1749
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-05-21
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por HARVEST VINCCLER, C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario. La decisión se basa en que la parte actora había optado por el recurso de apelación, lo que privó a la acción de amparo de su admisibilidad. La Sala argumenta que el recurso de apelación es un mecanismo adecuado para salvaguardar los derechos de la parte actora y que la jurisdicción contencioso-administrativa tiene la potestad de restituir situaciones jurídicas lesionadas.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, tal y como lo dispone la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final, letra b) de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, hasta tanto se dicte la ley que regule la jurisdicción constitucional, la tramitación de los recursos se regirá por las normativas especiales, en cuanto le sean aplicables, así como por las interpretaciones vinculantes que haya dictado esta Sala de conformidad con la atribución a ella conferida por el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ello así, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y en un todo conforme con los precedentes jurisprudenciales contenidos en las decisiones n 1/2000 (caso: Emery Mata Millán) y 1159/2001 (caso: Tropicana), esta Sala es competente para conocer de las acciones de amparo propuestas en contra de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario, tal y como sucede en el caso de autos. Así se declara. Constatada su competencia, con el fin de verificar la admisibilidad de la demanda objeto de las presentes actuaciones, la Sala observa que la decisión cuestionada por esta vía del amparo -cual es la dictada el 28 de mayo de 2007 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental- rechazó la petición de reposición de la causa al estado de admitir nuevamente el juicio ejecutivo que interpuso el Municipio Libertador del Estado Monagas en contra de la presunta agraviada.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por la representación de HARVEST VINCCLER, C.A. (antes denominada Benton Vinccler, C.A.), contra la sentencia dictada el 28 de mayo de 2007, por el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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