Sentencia N° 837 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de mayo de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 837, Exp. 07-0360, 04/05/2007
Expediente07-0360
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-05-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Mirtha Guédez en representación de Alicia Pérez Méndez, contra la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala argumenta que la acción fue interpuesta fuera del lapso de seis meses establecido por la ley, considerando que la parte accionante conoció de la decisión adversa desde su publicación el 31 de julio de 2006.
Extracto de la motiva
La Sala estima que la accionante incurre en una confusión con relación a la norma del Código de Procedimiento Civil que establece el término para sentenciar un procedimiento en segunda instancia, la cual está contenida en el artículo 521 eiusdem, y no en el artículo 515 del referido Código, tal como erradamente lo esgrimió, incluso realizando una equívoca interpretación de esta última norma, al pretender que el a quo debió dejar transcurrir el lapso de los sesenta (60) días que ella establece para proceder a dictar su decisión, cuando lo acertado es que la sentencia se dicte dentro de ese lapso, el cual se dejará transcurrir íntegramente a los efectos de la apelación -en el supuesto del artículo 515 del Código de Procedimiento Civil- y de la casación, en el supuesto del artículo 521 eiusdem, lo que en el caso de autos no era posible, por cuanto se trata de una decisión de un órgano jurisdiccional que estaba conociendo en alzada y cuya decisión no tiene casación.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por la abogada Mirtha Guédez, en representación de la ciudadana ALICIA PÉREZ MÉNDEZ, contra la decisión dictada el 31 de julio de 2006 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la hoy accionante, contra la decisión dictada el 19 de noviembre de 2003 por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró sin lugar la querella funcionarial interpuesta contra la Asamblea Nacional y, en consecuencia, confirmó la sentencia apelada.
Palabras clave
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