Sentencia N° 835 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de junio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 835, Exp. 11-0558, 06/06/2011
Expediente11-0558
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-06-06
DecisiónHa lugar parcialmente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Noveno de Primera Instancia que declaró sin lugar la apelación de Luis César Ostos contra la decisión de desalojo a favor de Luis Alfredo Caldera Machado. La Sala encontró que la sentencia de alzada había violado el principio de 'non reformatio in peius', al desmejorar la situación del apelante sin que la parte contraria hubiera apelado. Por lo tanto, se declaró ha lugar parcialmente la solicitud de revisión, anulando la parte de la sentencia que desestimaba la reconvención y la condena en costas impuesta al demandado.

Extracto de la motiva

En el presente caso se pretende la revisión del fallo que dictó el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 11 de octubre de 2010, mediante el cual se declaró: i) sin lugar la apelación que ejerció la parte demandada ciudadano Luis César Ostos, el 14 de junio de 2010, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la misma Circunscripción Judicial, el 09 de marzo de 2010; ii) con lugar la demanda de desalojo interpuesta por el ciudadano Luis Alfredo Caldera Machado contra el ciudadano Luis César Ostos; iii) condenó a la parte demandada a hacer entrega del inmueble objeto del contrato de arrendamiento constituido por un inmueble distinguido con el n.°: 0404, ubicado en el piso cuatro (04) del Edificio denominado Residencias “SOFIA”, Urbanización Paulo VI, Segunda Etapa del Sector Valle Abajo, entre Petare y El Encantado, en jurisdicción del hoy denominado Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda; iv) sin lugar la cuestión previa opuesta por el demandado relativa a la prohibición de la ley de admitir la acción propuesta; v) sin lugar la reconvención que por reintegro de alquileres interpuso el ciudadano Luis César Ostos contra el ciudadano Luis Alfredo Caldera Machado; vi) condenó en costas a la parte demandada por haber resultado vencida en el proceso, y; vii) modificó el fallo apelado en cuanto a la reconvención interpuesta, confirmándose el mismo en el resto de su contenido.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que HA LUGAR PARCIALMENTE la solicitud de revisión interpuesta por el abogado LUIS CÉSAR OSTOS, actuando en su propio nombre y representación, de la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 11 de octubre de 2010. En consecuencia, ANULA la referida sentencia sólo en lo que respecta al análisis y declaratoria sin lugar de la reconvención y la sola condenatoria en costas impuesta a la parte demandada, y la declaratoria de modificación del fallo apelado, contenidas en los numerales Quinto, Sexto y Séptimo del dispositivo del fallo, por lo que se confirma, en todas sus partes el fallo que dictó el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 09 de marzo de 2010, en el juicio que, por desalojo, interpuso el ciudadano Luis Alfredo Caldera Maldonado contra el ciudadano Luis César Ostos.

Palabras clave

arrendamientodesalojoreconvenioapelacióntutela judicialcosa juzgada

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