Sentencia N° 833 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de abril de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 833, Exp. 01-1883, 24/04/2002
Expediente01-1883
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-04-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 24 de abril de 2002, decidió declarar con lugar la apelación interpuesta por Luis Alejandro Ettedgui Ponce, revocando la sentencia del Tribunal para la Protección del Niño y del Adolescente que había declarado inadmisible su solicitud de amparo. La Sala ordenó que se reponía la causa al estado de que la Corte Superior se pronunciara sobre la admisibilidad de la demanda, sin incurrir en el error que motivó la revocatoria de la decisión impugnada.

Extracto de la motiva

De autos se evidencia que el ciudadano Luis Alejandro Ettedgui denunció que, el 3 de septiembre de 2001, su hija menor de edad fue sacada ilegalmente del país y en contravención a la decisión que pronunció, el 28 de agosto de 2001, esta Sala Constitucional. En consecuencia, se ordena: 1) oficiar a la O.N.I.D.E.X. para que remita a esta Sala Constitucional el movimiento migratorio de la menor Mariana Ettedgui Benett; y, una vez acreditada en autos la información solicitada, 2) de conformidad con el artículo 7 de la Ley Aprobatoria de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, oficiar al Ministerio de Relaciones Exteriores para que provea, de la manera más expedita posible, la información respecto de la supuesta estadía actual de la niña ya identificada, en Barcelona, Reino de España, tal como fue alegado por el actor. En caso de que resultara confirmada la permanencia de la menor Mariana Ettedgui Benett en la localidad que antes se indicó y, en consecuencia, se demostrara que ésta fue trasladada ilícitamente según los términos del artículo 3° eiusdem, se ordena al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Bolivariana de Venezuela que proceda tal como lo disponen los artículos 9 y siguientes de la referida Ley Aprobatoria.

Dispositiva

Se suspenden los efectos de la sentencia dictada por la Sala de Juicio II del Tribunal para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 30 de julio de 2001, hasta tanto sea dictada sentencia de primera instancia en la presente causa. Se prohíbe la salida del país de la menor MARIANA ETTEDGUI BENNETT, hija de los ciudadanos Luis Alejandro Ettedgui Ponce y Raquel del Carmen Bennett del Corral hasta tanto sea decidida en primera instancia la presente causa.

Palabras clave

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