Sentencia N° 832 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de mayo de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 832, Exp. 06-0881, 04/05/2007
Expediente06-0881
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-05-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Oscar Pérez y Helen Fernández contra la decisión de la Sala Nº 2 Especial de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. La Sala consideró que los apelantes no tenían legitimación para interponer la acción, ya que la medida cautelar dictada no les afectaba directamente. La Sala confirmó la decisión de inadmisibilidad, argumentando que existían recursos ordinarios que podían ser utilizados por los accionantes para proteger sus derechos.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1. SIN LUGAR la apelación interpuesta contra la sentencia dictada el 22 de mayo de 2006, por la Sala Nº 2 Especial de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con competencia exclusiva para conocer de causas por delitos vinculados con el Terrorismo, Extorsión, Secuestro, Paramilitares y Guerrillas, acaecidos en todo el Territorio Nacional, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos OSCAR PÉREZ Y HELEN FERNÁNDEZ, asistidos por el abogado Reinaldo Fernando Fréites Gámes, en “contra [de la] sentencia dictada el 23 de enero de 2006, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia Exclusiva para conocer de los delitos vinculados con el Terrorismo, Secuestro y Extorsión asociados a Paramilitares o Guerrillas a Nivel Nacional del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas”. Se CONFIRMA la sentencia apelada, en los términos que han quedado expuestos en el presente fallo.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1. SIN LUGAR la apelación interpuesta contra la sentencia dictada el 22 de mayo de 2006, por la Sala Nº 2 Especial de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con competencia exclusiva para conocer de causas por delitos vinculados con el Terrorismo, Extorsión, Secuestro, Paramilitares y Guerrillas, acaecidos en todo el Territorio Nacional, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos OSCAR PÉREZ Y HELEN FERNÁNDEZ, asistidos por el abogado Reinaldo Fernando Fréites Gámes, en “contra [de la] sentencia dictada el 23 de enero de 2006, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia Exclusiva para conocer de los delitos vinculados con el Terrorismo, Secuestro y Extorsión asociados a Paramilitares o Guerrillas a Nivel Nacional del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas”. Se CONFIRMA la sentencia apelada, en los términos que han quedado expuestos en el presente fallo.