Sentencia N° 83 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de febrero de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0083, Exp. 19-0509, 07/02/2025
Expediente19-0509
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-02-07
DecisiónAnulada

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de febrero de 2025, anuló la sentencia del Tribunal Segundo de Primera Instancia que había declarado con lugar la incidencia de desacato a un mandamiento de amparo constitucional. La acción de amparo fue interpuesta por Aida del Carmen Hernández Medina contra Jairo Pascuas Cobaleda y Ana Victoria Zambrano Volcán, debido a un desalojo por vía de hecho. La Sala consideró que la ejecución del mandamiento de amparo era materialmente imposible debido al estado de ruina del inmueble en cuestión, lo que llevó a declarar inadmisible la acción de amparo y a anular la sentencia que la había declarado con lugar.

Extracto de la motiva

motivaciones antes expresadas este Tribunal (…) dicta sentencia en los términos siguientes: PRIMERO: [s]e [d]eclara CON LUGAR la presente incidencia de [d]esacato de la [s]entencia de [a]mparo [c]onstitucional dictada en fecha 15 de enero de 2019. SEGUNDO: [c]omo consecuencia de lo anterior y en aplicación del (…) criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia[,] de fecha 17 IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 32 de marzo de 2014, bajo el N° 138, se CONDENA a los ciudadanos Jairo Pascuas Cobaleda y Ana Victoria Zambrano Volcán, (…) a pena de prisión de DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, en virtud del incumplimiento al mandamiento de [a]mparo [c]onstitucional en la presente causa, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con el artículo 37 del Código Penal Venezolano (sic). La ejecución de la presente sentencia declarada precedentemente será ejecutada por el Tribunal de Primera Instancia en la (sic) Penal de esta Circunscripción Judicial, en funciones de ejecución, a quién en la oportunidad procesal correspondiente se le enviará con oficio copia fotostática certificada de la sentencia definitiva, una vez quede firme la presente decisión, respetando el principio de la doble instancia estatuido en el artículo 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el cual se establece que toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en la Constitución y la ley. Del mismo modo se acuerda la publicación del texto íntegro del presente fallo dentro de los cinco (5) días siguientes al día de hoy…”. (Mayúsculas del texto original y corchetes de esta Sala). El 8 de febrero de 2019, los ciudadanos Jairo Pascuas Cobaleda y Ana Victoria Zambrano Volcán, asistidos de abogado, presentaron diligencia (folio 95) mediante la cual indicaron

Dispositiva

Se declara con lugar la presente incidencia de desacato de la sentencia de amparo constitucional dictada en fecha 15 de enero de 2019. Se condena a los ciudadanos Jairo Pascuas Cobaleda y Ana Victoria Zambrano Volcán a pena de prisión de diez (10) meses y quince (15) días. Se anula la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, el 15 de enero de 2019, que declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por Aida del Carmen Hernández Medina.

Palabras clave

desacatoamparo constitucionaldesalojoBarinas

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