Sentencia N° 829 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de diciembre de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0829, Exp. 17-1120, 03/12/2018
Expediente17-1120
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-12-03
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de amparo interpuesta por INVERSIONES PENTUY 3019 C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior que declaró parcialmente con lugar una apelación y una demanda de desalojo. La Sala determinó que la parte actora había abandonado el trámite al no realizar actuaciones durante más de seis meses, lo que llevó a declarar la terminación del procedimiento. Además, se impuso una multa a la parte actora por el abandono del trámite.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.

Dispositiva

1.- Que tiene COMPETENCIA para conocer la acción de amparo interpuesta. 2.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo que interpuso INVERSIONES PENTUY 3019 C.A. 3.- Se IMPONE a la parte actora una multa de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5,00), pagaderos, a favor de la Tesorería Nacional. 4.- SE ORDENA a la Secretaría de la Sala que, para el cumplimiento más expedito de lo dispuesto anteriormente, practique en forma telefónica las notificaciones ordenadas.

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