Sentencia N° 829 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de junio de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 829, Exp. 12-0493, 29/06/2015
Expediente12-0493
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-06-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de Jean Paul Alfonso Salazar, quien impugnó una decisión del Juzgado Superior Primero de Familia y Menores que había declarado sin lugar su demanda de inquisición de paternidad. La Sala consideró que el derecho a conocer la identidad biológica es fundamental y que la decisión previa no había valorado adecuadamente la prueba heredo-biológica que indicaba una alta probabilidad de paternidad. En consecuencia, se ordenó la fijación de una audiencia pública para escuchar a expertos del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC). La Sala enfatizó la importancia de garantizar los derechos humanos y la identidad del solicitante.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que más allá de las consideraciones o análisis que merezca el fallo cuya revisión solicitó en cuanto a si infringió o no derechos constitucionales, prima la importancia de la vigencia y aplicación directa e inmediata del artículo 56 del Texto Constitucional vigente, que pone en evidencia la posibilidad de que se le estén infringiendo de manera continuada sus derechos humanos. En efecto, señala el referido precepto constitucional: “Toda persona tiene derecho a un nombre propio, al apellido del padre y al de la madre, y a conocer la identidad de los mismos. El Estado garantizará el derecho a investigar la maternidad y la paternidad. Todas las personas tienen derecho a ser inscritas gratuitamente en el registro civil después de su nacimiento y a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica, de conformidad con la ley. Éstos no contendrán mención alguna que califique la filiación”.

Dispositiva

Se ORDENA la fijación de una audiencia pública oral a llevarse a cabo ante esta Sala a la hora que fije la Secretaría de la misma Sala, el día de despacho siguiente a la fecha en que se consigne en el expediente constancia de haberse realizado la última de las notificaciones que en esta oportunidad se ordenan practicar. Se ORDENA a la Secretaría de la Sala notificar para oír la opinión, como testigos expertos, a funcionarios del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) para que comparezcan ante este Supremo Tribunal, el día y hora en que se celebre la audiencia.

Palabras clave

revisión constitucionalpaternidadidentidad biológicaderechos humanos

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