Sentencia N° 825 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de octubre de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 0825, Exp. 21-0529, 24/10/2022
Expediente21-0529
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-10-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Víctor Adam Barreto Cedrón y Vilmer Zambrano, defensores de Jhon Kelvis Altamiranda Bravo y Griselys Milagros Grimaldi Ojeda, por inepta acumulación de pretensiones. Se argumenta que la acción de amparo no puede ser acumulada con la solicitud de revisión constitucional, ya que los procedimientos son incompatibles entre sí. La decisión se fundamenta en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

motiva de la sentencia y la sentencia propiamente dicha, por cuanto esta defensa desconoce desde el día 11/08/2021 fecha en que se realizó la audiencia condenatoria y siendo el hecho que la jueza no cumplió con los lapsos procesales, solicitamos con el debido respeto se anule la sentencia, se coloque un profesional del derecho que tenga conocimientos de causas porque quedo demostrado que la jueza no tiene la capacidad jurídica para decidir casos semejantes o análogos. Finalmente solicitamos se anule la sentencia y se haga nuevo juicio que garantice a estos ciudadanos que Venezuela si se convirtió en un estado democrático y social, de derecho y de justicia que propugna como sus valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. (Sic) IAJuriss.com | Base de Datos Ju

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE por inepta acumulación de pretensiones la acción de amparo interpuesta subsidiariamente con la revisión constitucional por los abogados Víctor Adam Barreto Cedrón y Vilmer Zambrano, defensores privados de los ciudadanos Jhon Kelvis Altamiranda Bravo y Griselys Milagros Grimaldi Ojeda.

Palabras clave

amparorevisióninepta acumulaciónderechos humanosjusticiaprocedimiento

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