Sentencia N° 824 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de octubre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 824, Exp. 17-0948, 27/10/2017
Expediente17-0948
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-10-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La ciudadana María Mercedes Borroeta Cordero interpuso una acción de amparo constitucional en contra del comisario Gerardo Conteras, responsable de la Interpol, debido a la situación del ciudadano Daniel Baroody, quien se encuentra recluido en dicha sede por un proceso de extradición pasiva. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, tras evaluar la competencia para conocer de la acción, decidió requerir a la Sala de Casación Penal un informe sobre el estado del procedimiento de extradición en un plazo de cinco días.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo constitucional es intentada en contra del ciudadano comisario Gerardo Conteras, responsable de la Interpol, sede Parque Carabobo, ello por cuanto el ciudadano DANIEL BAROODY se encuentra recluido en esa sede ya que se le sigue un proceso de extradición pasiva. A fin de dilucidar el presente caso, se debe estudiar la competencia de conocimiento de la presente acción de amparo constitucional, por ello a los fines de verificar la competencia y así dictar una decisión ajustada a derecho que permita resolver la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ACUERDA requerir a la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal, informe, dentro de el lapso de cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente decisión, el estado del procedimiento de extradición llevado al ciudadano DANIEL BAROODY en el expediente signado con la nomenclatura 036-2017.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA requerir a la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal, informe, dentro de el lapso de 5 días luego de comunicado, el estado del procedimiento de extradición llevado al ciudadano DANIEL BAROODY en el expediente signado con la nomenclatura 036-2017. Asimismo se ordena a la Secretaría de la Sala que, conforme a lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, practique en forma telefónica la notificación de la Presidencia de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia.