Sentencia N° 823 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de noviembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0823, Exp. 24-0560, 14/11/2024
Expediente24-0560
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la acción de amparo constitucional interpuesta por Belén Gutiérrez López, declara con lugar la solicitud contra la decisión del Tribunal Superior de Urimare del 7 de mayo de 2024. La Sala establece que la decisión impugnada vulneró el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva del ciudadano Robin Jesús Martínez Sandoval. Se acepta la declinatoria de competencia del Tribunal Superior Accidental y se ordena la remisión de información sobre el estado del expediente.

Extracto de la motiva

Ello así, considera la Sala, que es necesario a fin de dictar una decisión ajustada a derecho que permita resolver la acción de amparo incoada y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales, la valoración del contenido de algunas actuaciones en la causa y expediente originario, con el objeto de verificar ciertos aspectos que interesan para decidir sobre el presunto agravio constitucional, por lo que estima pertinente hacer uso de la potestad que le es dada al juez constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento (Vid. Sentencia de la Sala Constitucional Nº 698/09, caso: Álvaro Luis Escalona y otro); por lo tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Tribunal Superior de Urimare del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, más el término de la distancia de un (1) día, se sirva informar si la audiencia fijada por ese Despacho para el día cinco (5) de junio de 2024 a las 10:30 a.m en el asunto identificado con el alfanumérico WP21-R-2024-000004 de la nomenclatura de ese Tribunal se llevó a cabo, solicitando que se remita -de ser el caso- copia certificada de las actuaciones correspondientes, así como de todas las actuaciones realizadas en ese asunto posteriores al auto dictado el 7 de mayo de 2024. Asimismo, se solicita que informe el estado actual de la causa principal identificada con el alfanumérico WP21-V-2023-000153, que guarda relación con la demanda de Acción Mero Declarativa incoada por la ciudadana Mayerling Helena Herrera Sosa en contra del ciudadano Robín Jesús Martínez Sandoval, requiriendo igualmente la remisión en copias certificadas de las actuaciones correspondientes.

Dispositiva

1.- ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA realizada por el Tribunal Superior Accidental de Urimare del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, mediante sentencia de fecha 4 de junio de 2024, para conocer y decidir la acción de amparo constitucional. 2.- COMPETENTE para conocer del amparo constitucional, interpuesto por la ciudadana Belén Gutiérrez López, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ROBIN JESÚS MARTÍNEZ SANDOVAL, ambos identificados, contra la decisión dictada el 7 de mayo de 2024, por el Tribunal Superior de Urimare del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la misma Circunscripción Judicial. 3.- ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Tribunal Superior de Urimare del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, más el término de la distancia de un (1) día, se sirva informar si la audiencia fijada por ese Despacho para el día cinco (5) de junio de 2024 a las 10:30 a.m en el asunto identificado con el alfanumérico WP21-R-2024-000004 de la nomenclatura de ese Tribunal se llevó a cabo, solicitando que se remita -de ser el caso- copia certificada de las actuaciones correspondientes, así como de todas las actuaciones realizadas en ese asunto posteriores al auto dictado el 7 de mayo de 2024.

Palabras clave

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